H1 CONDICIONES GENERALES

CONDICIONES GENERALES

Condiciones generales

VALIDEZ Y ADQUISICIÓN DEL BILLETE

Se recomienda al viajero que compruebe que el billete corresponde al trayecto, día y hora solicitada. no admitiéndose reclamaciones una vez retirado el billete de la taquilla. La selección de asiento en los billetes lleva asociado un coste por butaca.

Los billetes podrán ser adquiridos con antelación. Si desea modificar la fecha de su viaje, podrá realizarlo a través de “Gestiona tus billetes” o en cualquier taquilla de INTERBUS, siempre que existan plazas disponibles y bajo las condiciones definidas en el apartado “CAMBIOS Y ANULACIONES”.

En los billetes comprados de Ida y Vuelta abierta, la vuelta abierta estará activa 2 meses desde la fecha de compra, una vez transcurridos los 2 meses el billete de vuelta no será válido.

CONDICIONES DE VIAJE

  • MENORES

    Se prohíbe que los menores de 14 viajen sin la compañía de un adulto, a menos que los padres, o en su caso el tutor expida una autorización al menor para poder viajar solo, que será facilitada a INTERBUS: No se admitirán, en ningún caso, a menores de 6 años sin acompañante.

    Los autocares estarán equipados con una silla, debidamente homologada, para el transporte de bebés. Se recomienda su solicitud previa con el fin de poder instalar sillas adicionales en caso de existir una elevada demanda. Además, los autocares estarán dotados con asientos elevadores, debidamente homologados para niños.

  • PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA EN SILLA DE RUEDAS

    Con carácter general no existen limitaciones para pasajeros con discapacidades o condiciones especiales, a menos que se trate de personas con movilidad reducida en silla de ruedas, que dependan para acceder al autocar de una plataforma elevadora y anclar la silla de ruedas en el vehículo, quienes deberán adquirir el billete con 48 horas de antelación como mínimo, notificando sus necesidades por email a la dirección billetespmrs@interbus.es.

  • ANIMALES 

    La ley prohíbe el transporte en el habitáculo de viajeros de cualquier animal, a excepción de los perros de asistencia.

    Cualquier tipo de animal viajará en el espacio reservado, en el interior de jaulas o cestas especiales proporcionadas por el viajero que deben estar adaptadas para este uso, quedando totalmente prohibido transportarlos fuera de dichas jaulas o cestas. Tendrán un coste del 50% sobre el precio del billete (sin descuentos aplicados). Las jaulas tendrán una medida máxima de 750mm de largo y 1000mm de alto.

    El transporte se limitará a animales de compañía, perros, gatos, aves, etc. Con carácter general, el traslado de animales se realizará bajo la entera responsabilidad de sus propietarios, que viajarán necesariamente en el mismo servicio que el animal.

  • MATERIAL DEPORTIVO (Bicicletas y Tablas de Surf)

    El número de Materiales Deportivos está limitado a tres útiles por servicio, con un coste del 50% del precio del billete (sin descuentos aplicados) para cada equipo. Las unidades deben encontrarse en condiciones de viajar sin provocar daños en otros equipajes o bultos, siendo obligatorio, que vayan embaladas en algún tipo de caja o bolsa preparada para su transporte, presentándose con una antelación de 15 minutos sobre la hora de salida. Queda prohibido el transporte de patinetes eléctricos en las concesiones pertenecientes a la comunidad de Madrid.

NORMATIVA VIAJEROS EN AUTOBÚS

Según lo establecido en el Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003) artículo 11.2 del Real Decreto 1428/2003, se detallan las prohibiciones a los viajeros del transporte colectivo de personas, pudiendo el conductor tomar las medidas que considere necesarias para prevalecer la seguridad del resto de pasajeros y del vehículo, incluyendo la prohibición de entrada y expulsión de cualquier viajero que las incumpla:

  1. Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.
  2. Entrar o salir del vehículo por lugares distintos a los destinados, respectivamente, a estos fines.
  3. Entrar en el vehículo cuando se haya hecho la advertencia de que está completo.
  4. Dificultar innecesariamente el paso en los lugares destinados al tránsito de personas.
  5. Llevar consigo cualquier animal, salvo que exista en el vehículo lugar destinado para su transporte. Se exceptúan de esta prohibición, siempre bajo su responsabilidad, a los invidentes acompañados de perros, especialmente adiestrados como lazarillos.
  6. Llevar materias u objetos peligrosos en condiciones distintas de las establecidas en la regulación específica sobre la materia.
  7. Desatender las instrucciones que, sobre el servicio, den el conductor o el encargado del vehículo.

El resto de obligaciones y normativas que el usuario debe cumplir en un viaje de autobús según la DGT y que Grupo Interbus secunda se encuentran en el siguiente enlace Obligaciones y normativas de viajeros en autobús

BILLETES CON DESCUENTOS

Para beneficiarse de los descuentos ofertados a los que el viajero opte, es imprescindible exhibir en el momento de la compra el Documento acreditativo. Del mismo modo, es obligación del usuario mostrar el Documento para acceder al servicio. En caso de vulnerar este requisito el billete será considerado como “ilegítimo”, perdiendo todos los derechos asociados al Título, debiendo obtener un nuevo billete para acceder al servicio.

Para acceder a los descuentos, el viajero debe presentar ante el Conductor y, en su caso, al adquirir los billetes en taquilla, la documentación original pertinente justificativa de la aplicación del descuento.

EQUIPAJE

El viajero tiene derecho a transportar gratuitamente hasta 30 kg de equipaje. El viajero es el único responsable de la custodia y en su caso, de la pérdida o deterioro de los bultos de mano o equipaje que transporte sin haberlo entregado a la empresa transportista mediante recibo. La responsabilidad por los daños o pérdidas que sufran los equipajes estará limitada, conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2013, de 4 de julio, a 450 euros. 


En trayectos urbanos e interurbanos de la comunidad de Madrid en líneas pertenecientes al CRTM, es responsabilidad del usuario la apertura, depósito del bulto y cierre de la bodega del autobús. 

CAMBIOS Y ANULACIONES

El primer cambio de billete será gratuito, los sucesivos llevarán asociado un coste del 15%.

La petición de anulación del billete lleva el descuento del 10% del importe del mismo cuando se solicite con al menos 48 horas antes de la salida. Si la anulación se pide entre las 48 horas y 2 horas anteriores a la salida, el descuento será del 20%. No se procederá al cambio, ni a la anulación, ni por consiguiente a la devolución de su importe, dentro de las dos horas inmediatamente anteriores a la salida del autocar.

Los billetes abonados con tarjeta financiera sólo se podrán anular contra la tarjeta con la que se realizó la compra.

La no presentación a la salida significará la pérdida total del importe.

REFUERZOS Y ASIGNACIÓN DE PLAZAS

En los servicios nacionales la Empresa se reserva la posibilidad de realizar el servicio mediante vehículos de empresas colaboradoras cuando las circunstancias así lo requieran, y en particular, para hacer frente a intensificaciones de tráfico, pudiendo éstos no reunir necesariamente las mismas características de confort que los propios. La Empresa se reserva el derecho a modificar la plaza asignada al viajero en caso de que las condiciones de explotación así lo exijan.

Con Interbus, los vehículos contratados para reforzar la línea (número de coche 2 y sucesivos) pueden realizar dos paradas durante el trayecto a fin de cumplir lo establecido en la legislación vigente en materia de tiempos de conducción y descanso, pudiendo sufrir retrasos de hasta 30 minutos, sobre la hora programada.

RESPONSABILIDAD

Existen hojas de reclamación así como de quejas y sugerencias en nuestras administraciones. El titular del billete está amparado por el SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS.

FUMADORES

Queda terminantemente prohibido fumar. Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

TÍTULOS MULTIVIAJE

La Resolución de la Secretaría de Estado, según los artículos 53 y 54 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, establece que el título será personal e intransferible y para cada periodo de validez solo se permitirá la adquisición de un único título multiviaje por persona y origen y destino. Además, no se podrá hacer más de un viaje de ida y vuelta por día, salvo que previamente se haya procedido a su cancelación. Asimismo, el usuario no podrá adquirir billetes para viajes consecutivos si no ha transcurrido, entre uno y otro viaje, al menos el triple del tiempo de la duración del viaje de ida. Si el usuario no cancela un viaje formalizado y no realizado con una antelación mínima a 24 horas se considerará uso inadecuado, así como la utilización de un billete por una persona distinta a la titular del título multiviaje. Así, se procederá a la retirada del título multiviaje e incautación de la fianza a los viajeros con uso inadecuado cuando se haya detectado por tres veces estas prácticas reconocidas como inadecuadas. Previamente, se advertirá al usuario por sms al teléfono móvil o al correo electrónico registrado. Si esto sucediese, no se expedirá un nuevo título multiviaje bonificado a estos viajeros para ningún origen-destino del mismo contrato hasta la finalización de su plazo de vigencia. En el caso de los menores el título multiviaje se formalizará para el menor amparado en el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjero (NIE) o pasaporte del padre/madre/tutor.